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La exención en el Acta Jones

Por: Vicente Feliciano

(Columna de opinión publicada en El Nuevo Día el 7 de junio de 2026)

 

La exención confirma que el Acta Jones representa un lastre tanto para la economía de Estados Unidos como para la de Puerto Rico, escribe Vicente Feliciano

 

Cuando Irán bloqueó el estrecho de Ormuz, la administración del presidente Donald Trump emitió una exención (waiver) por 60 días al Acta Jones para transportar un grupo selecto de productos, comenzando el 18 de marzo. Posteriormente se otorgó una extensión por 90 días. La exención incluye productos de petróleo y gas natural.

 

La exención aplica a todos los puertos bajo la bandera de Estados Unidos, incluyendo los de Puerto Rico. Por lo tanto, en la isla estamos importando productos de petróleo desde Estados Unidos. Esto sucede solo en circunstancias muy particulares debido al costo tan elevado del servicio de transporte con buques, según lo dispuesto por el Acta Jones.

 

El Golfo de México, incluyendo Texas y Louisiana, producen y/o refinan gran cantidad del petróleo de Estados Unidos. En circunstancias normales, parte de ese combustible se exporta a jurisdicciones extranjeras y otra parte se mueve por ferrocarril dentro de Estados Unidos, algo más costoso que la transportación marítima. De repente, gracias a la referida exención, California recibe productos de petróleo del Golfo a través del Canal de Panamá. Los buques del Acta Jones no ofrecen dicha ruta.

 

Una publicación del Cato Institute muestra todos los viajes realizados aprovechando la exención. En el caso de Puerto Rico identifica cuatro viajes: (1) Clipper Posh llevando gas propano de Texas a Peñuelas. (2) Trouvaille transportando diésel de Texas a San Juan. (3) Hafnia Crux importando diésel de Louisiana a Yabucoa. (4) Silver Euplicta cargando diésel de Mississippi a Guayanilla.

 

Es irónico que, en teoría, el propósito del Acta Jones es promover la producción de Estados Unidos. Sin embargo, el efecto es hacer poco competitivo algunos productos estadounidenses en varias jurisdicciones del propio EE.UU.

 

La exclusión más importante al Acta Jones son los buques de cruceros turísticos. Dichos cruceros pueden ir de puerto americano a puerto americano sin ser manufacturados en astilleros de Estados Unidos ni tripulados en su mayoría por ciudadanos americanos. Puerto Rico se beneficia enormemente de esta exclusión.

 

Llama la atención que la exención al Acta Jones se ofrece porque la administración Trump determinó que es en el interés de la defensa nacional aplicar la exención. Es decir, una ley que supuestamente existe por razones de defensa nacional, cuando hay guerra, se suspende su aplicación.

 

El impacto de la exención es necesariamente limitado. No es factible realizar acuerdos a largo plazo a base de una exención de 60 días extendida por 90 días adicionales. Además, aplica a un número limitado de productos. Por lo tanto, la exención nos permite oler el potencial de la eliminación del Acta Jones, no probarlo.

 

Sin embargo, el experimento de la exención confirma que el Acta Jones representa un lastre tanto para la economía de Estados Unidos como para la de Puerto Rico.


 
 
 

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